miércoles, 25 de abril de 2012

LLEGÓ LA VALIDACIÓN DEL CONTRATO

Estimados Alumnos

 Les informo que ha llegado la respuesta del Director del Instituto Ciudadano, el Sr. Matías Carrozzi quien ha corregido en su formato legal el contrato que fué modificado el día de ayer.
EL CONTRATO ESTÁ VALIDADO JURÍDICAMENTE, por lo tanto pueden tomar la desición de firmar el mismo.

Atte Juan Paulo Aguilera
Vocero del Movimiento Alumnos Ex Simón
Estudiante de Analisis de Sistema

NOTA: ACÁ VA EL CONTRATO PARA QUE LO LEAN

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES

En San Felipe, a ___ de _____________ del _____, entre el CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA CENCO S.A, Rut N° ________________,  con domicilio en calle Chacabuco N° 550, comuna de ________________, representada por el Sr. Luis Torres Espinosa, Rut.: 8.778.476-2, chileno, Administrador de Empresas, en adelante denominado “CENCO”, por una parte, y por la otra, Don (a)____________________________________________________________, Rut N°________________, domiciliado en ___________________________, comuna de _________________, en adelante denominado “EL ALUMNO”, quien a través de la cédula de identidad acredita ser mayor de edad, se ha convenido celebrar el siguiente Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.

PRIMERO: CENCO acepta y matricula como alumno regular a don(a) __________________________ y se obliga a impartir al alumno durante el año académico _____,  los contenidos correspondientes a la malla curricular de la carrera Técnico de Nivel Superior en ___________________, necesarios para obtener el Título Técnico de Nivel Superior en _________________________con una duración de ___ semestres académicos de estudio más uno de practica laboral, incluido el proceso de titulación.

SEGUNDO: CENCO se obliga a garantizar la continuidad de los cursos de la carrera indicada en la cláusula primero del presente contrato hasta la finalización de la misma, en la ciudad en que fue suscrito y sin que para ello dependa el número de alumnos matriculados.

TERCERO: CENCO podrá modificar los actuales planes y programas, de forma de hacerlos concordantes y compatibles a la evolución y necesidades del mercado, siempre y cuando ello no signifique perjuicio alguno para EL ALUMNO y dando aviso previo a éste a lo menos con 30 días de anticipación a la entrada en vigencia de estos.

CUARTO: CENCO se obliga a devolver  la documentación académica y los importes comprometidos, cobrados y/o por cobrar, a EL ALUMNO en el caso que éste se retire de la carrera, sin importar el motivo o causal que invoque, debiendo EL ALUMNO sólo cancelar  el último mes cursado al momento de efectuar la renuncia.

QUINTO: EL ALUMNO se compromete a cancelar el arancel semestral de la carrera que asciende a $ _____________,  el cual podrá pagar en _____ cuotas de $ __________ cada una, correspondientes a los servicios educacionales contratados por el período lectivo indicado en la cláusula primero del presente contrato, pudiendo documentarse mediante cheques, letras o pagaré.

SEXTO: EL ALUMNO se compromete a efectuar el pago de las cuotas en la forma y fechas estipuladas.

SÉPTIMO: El ALUMNO autoriza al representante legal de CENCO para que en caso de mora o incumplimiento de las obligaciones contraídas en documentos tales como contrato, pagaré, u otros con un plazo máximo de 30 días vencido el documento mis datos y los documentos puedan ser ingresados, procesados, tratados y comunicados a terceros sin restricciones, en el registro o banco de datos SICOM (sistema de morosidades y protestos DICOM). Siendo esta autorización con carácter de permanente, pudiendo ser revocada sin efecto retroactivo y con fecha no anterior al último documento de pago emitido a mí nombre.

OCTAVO: CENCO  se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que sean necesarias para obtener el pago de los valores adeudados por EL ALUMNO, conforme los compromisos adquiridos en este contrato.

NOVENO: CENCO no devolverá los valores cancelados por EL ALUMNO si éste perdiera su calidad de alumno regular conforme el Reglamento Académico o incurra en acciones reñidas con la legalidad vigente, acreditadas por un  tribunal competente.

DÉCIMO: EL ALUMNO no podrá rendir las pruebas solemnes, participar de los procesos online, certificación y proceso de titulación respectivo si no se encuentra al día en sus obligaciones pecuniarias con CENCO.

DÉCIMO PRIMERO: El presente contrato de Prestación de Servicios Educacionales tendrá vigencia por el período académico indicado en la cláusula primero del presente contrato y su renovación estará sujeta al cumplimiento por parte de EL ALUMNO  a lo establecido en los Reglamentos Institucionales,

DÉCIMO SEGUNDO: EL ALUMNO declara conocer y aceptar, los principios que inspiran la misión y objetivos de CENCO, como asimismo, las disposiciones reglamentarias del respectivo Programa, las cuales regulan la trayectoria curricular y la convivencia del alumnado dentro de la Institución. Igualmente declara conocer y aceptar los aranceles por concepto de programa de estudio, titulación y certificados.

DÉCIMO TERCERO: EL ALUMNO se obliga a cancelar la reparación o reposición si éste ocasionase daños materiales al patrimonio de CENCO, sin perjuicio de las sanciones que puedan corresponder conforme el Reglamento Interno de la Institución.

DECIMO CUARTO: EL ALUMNO será responsable del cuidado de sus útiles y efectos personales que ingrese a las instalaciones de CENCO, entendiéndose que éste no asume responsabilidad alguna por su eventual hurto, extravío o deterioro por cualquier causa.

DÉCIMO QUINTO: CENCO se obliga a entregar a EL ALUMNO los insumos y materiales necesarios para el desarrollo del plan de estudio, laboratorios, talleres y pasos prácticos de la carrera indicada en la cláusula primero del presente contrato.

DÉCIMO SEXTO: EL ALUMNO declara tener salud compatible con el régimen de estudios de CENCO.

DECIMO SEPTIMO: CENCO proporcionará todos los medios a su alcance, en caso de sufrir EL ALUMNO cualquier accidente o problema de salud  cuando éste se encuentre en las instalaciones de la Institución, para enfrentar la emergencia y traslado al establecimiento asistencial que corresponda, sin que ello implique necesariamente asumir responsabilidad institucional ni económica por los hechos que motivaren la atención de emergencia.    

DÉCIMO OCTAVO: La suscripción del presente contrato no constituye en ningún caso la renuncia a los derechos legales que EL ALUMNO posee en virtud de los contratos suscritos con anterioridad, sean éstos con CENCO u otras instituciones análogas chilenas, pudiendo EL ALUMNO ejercer dichos derechos legales en plenitud conforme la legislación vigente.

DÉCIMO NOVENO: Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de San Felipe  y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia,

VIGÉSIMO: El alumno declara haber leído detalladamente el presente contrato y estar en completo acuerdo con él. Se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder de EL ALUMNO y uno en poder de CENCO.



____________________________                            ____________________________
      
               XXXXXXXXXXXXX                                              LUIS TORRES ESPINOSA
                El Alumno                                               Representante Legal CENCO S.A

ANEXO DE CONTRATO PARA LAS CARRERAS DEL AREA DE SALUD

PRIMERO: EL ALUMNO declara tener salud compatible con la carrera y acepta someterse a todos los exámenes que los campos clínicos requieran al momento de hacer las prácticas curriculares y la práctica laboral, debiendo portar el carnet de vacunación anti hepatitis B.

SEGUNDO: EL ALUMNO acepta que al momento de realizar las prácticas curriculares 1, 2, y 3,  el valor de ellas se vera reflejado en los aranceles mensuales para cubrir los gastos que demandan los campos clínicos para su ejecución, en relación a las practicas profesionales  el arancel a cancelar a cada campo clínico será de 8 UF. Canceladas en seis cuotas mensuales una vez  finalizado el cuarto y sexto Semestre de las carreras Técnicos de Enfermería y de Arsenalería Quirúrgica respectivamente, las que deberán estar cubiertas antes del proceso de titulación por EL ALUMNO.

__________________________________
Tomé Conocimiento





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